Renuncia Laboral, ¿Qué hacer para cobrar el paro?

Hola:
Hablo de una persona que lleva 7 años laborando para una empresa, en Barcelona.
Ella presentó su renuncia a la empresa, pero ahora no puede cobrar el paro. Y lo necesita porque tiene la oportunidad de formar su propio negocio y eso le ayudaría mucho. Cuanto tiempo tendría que trabajar como mínimo en otra empresa y que la despidieran para poder cobrar el paro. Sobre todo para que lo pueda capitalizar.
Gracias de antemano por su respuesta.

1 respuesta

Respuesta
1
Efectivamente, la extinción voluntaria del contrato de trabajo por parte de un trabajador no constituye una situación legal de desempleo (como sí lo hace el despido disciplinario u objetivo, ya se reclame ante el o no) y por tanto no tendrá el trabajador derecho al mismo.
No obstante, el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social indica que, entre otros requisitos como estar afiliado y en alta, el trabajador tendrá derecho a percibir el desempleo siempre y cuando hubiese cotizado al menos un año dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
En consecuencia, si la persona a la que nos haces referencia entrara a trabajar en otra empresa y su contrato se extinguiese por causa no imputable a su voluntad, tendría derecho a cobrar el desempleo por un período de 720 días.
Por último, recordar que la realización de un trabajo por cuenta propia por un tiempo igual o superior a 24 meses supone la extinción del derecho al desempleo.
Gracias por tu respuesta, es muy buena. Pero queda un punto, ¿bastaría qué esa persona tuviera un contrato temporal de unos 3 meses por ejemplo para recuperar su derecho al paro? ¿Puede ser por menos tiempo o debe esperar más?

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas