Condiciones laborales para un empleado regulado en el convenio de oficinas y despachos en Madrid

Hola! Mira tengo varias pregunta que hacerte, yo estoyd entro del conevnio de oficionas y despachos de madrid, y en los periordos de prueba poner tres puntos,
a) Personal titulado: seis meses.
b) Restante personal, excepto el no cualificado: dos meses.
c) Personal no cualificado: un mes
En mi contrato estoy como auxiliar administratativo y no se cual de los tres puntos me corresponde, otra cosa, es que estoy esperando a que me llamen de otro trabajo que me interesa bastante más, mi pregunta es que si una vez acabado mi periodo de prueba, ¿no doy los 15 días para irme cual serian las consecuencias? Descontarme de la nomina que me corresponda del mes los 15 días que no he dado de antelación, ¿o otra cosa?
Ora pregunta es que, yo este año he estado contratado en dos sitios diferentes, y no se si tendría que hacer la declaración dela renta
Espero tu respuesta gracias!
Respuesta
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Un auxiliar administrativo suele estar en el "restante personal". De todas formas el período de prueba suele aparecer en el contrato a menos que ponga "según convenio".
    Lo de los preavisos es fácil. Te descuentan lo que no hayas preavisado. En el de oficinas y despachos de Cataluña es de 7 días para aux.admin. Mira a ver si en el de Madrid pasa igual o no. Pues eso, si preavisas con dos días te pueden descontar los 13 que faltan hasta los 15. Y ninguna otra consecuencia.
    Y lo de la declaración, pues el año que viene si has cobrado más de 9000 euros o algo así tendrás que hacerla. Con dos pagadores el límite para no hacerla es menor.
    Cualquier otra duda...

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