Contrato por circunstancias de la producción

La Administración Piblica me ha hecho un contrato eventual por circunstancias de la producción durante 11 meses, y cuando yo cese, se incorporará otra persona en las mismas condiciones, puesto que no pueden cubrir esa plaza con personal fijo ya que no está creada en la RPT.
A mi modo de ver, este caso no son circunstancias de la producción sino más bien una interinidad. ¿Tengo alguna posibilidad de reclamar con éxito el continuar en mi puesto hasta que se cubra por personal fijo?
Un saludo y gracias
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Tu caso no es nada extraño, de hecho en la administración es de los pocos lugares donde se permite este tipo de contrato de acumulación de tareas sin especificar esa "acumulación". Hay varias sentencias incluso del Supremo que lo avalan, por lo tanto por esa vía está todo legal, un poco raro, pero legal.
Se basa en que la administración, al tener que cubrir los puestos como bien dices por medio de concurso puede sufrir una "acumulación de tareas" que puede cubrir con eventuales y que viene motivada por más carga de trabajo.
Lo que deberías mirar es lo de los 11 meses, posiblemente se rija por la ley global de poder hacer hasta 12 meses en un periodo de 18, pero verifícalo en el convenio de aplicación.
Un saludo y espero haberte resulto las dudas

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