Finiquito

Buenos días, mi pregunta es la siguiente. He solicitado el despido libre porque intentan que trabaje en el turno de noche pero no puedo porque tengo una niña pequeña. ¿Qué indemnización me corresponde? Las pagas no las tengo prorrateadas, ¿me corresponde algo de la paga de diciembre?

1 respuesta

Respuesta
1
La indemnización es una cosa y el finiquito otra. El finiquito te corresponde en cualquiera de los casos, despido o baja voluntaria en los que te tendrán que abonar las vacaciones pendientes y el prorrateo de las pagas. Si es semestral el devengo solo te abonarán la de vernano, pero si es anul te pagarán la de verano y la parte proporcional de la de invierno.
Te pongo lo que dice el estatuto sobre el despido por voluntad del trabajador.
Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
Las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Como ves la indemnización serían 45 días.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas