Hola! Vida familiar y laboral
Hola nuevamente, en la ultima contestación que me diste sobre este tema, que comenzó el día 9/08/09 sobre los cuadrantes semana a semana, te puntúe y se cerró el tema aunque yo seguía con alguna duda, pues no estoy muy acostumbrada a esto he pasado un par de veces y de tarde en tarde. El caso es que me contestaste lo siguiente:
"Buenos días,
Como comentas, reclamar tus derechos de forma individual implica que te puedan hacer flacos favores en tu puesto de trabajo. Esta claro que tienes tus derechos, pero a veces reclamarlos implica una lucha interminable. Tendrías primero que notificar por escrito que quieres tus cuadrantes y que RRHH te firmara la hoja como recibido. En el caso que no te lo concedieran podrías demandar a la empresa por incumplimiento del estatuto, pero, sería largo...
Yo creo que la mejor opción es hablar y ver los motivos por los que la empresa actúa de esa forma y si tiene remedio.
Otra forma de tener un turno fijo es pedir una reducción de jornada por cuidado de hijo menor o familiar. Cobrarías en función de la reducción pero cotizas al 100% y puedes elegir tu horario y tus turnos de forma unilateral. ¿No tienes esta opción?
Atentamente,"
MI pregunta ahora es:
¿Qué no tengo la opción de pedir una reducción de jornada por ningún motivo de los que señalas y tampoco puedo permitirme la reducción salarial pues cobro no llega a 1000?. Somos personal laboral, de la administración publica, y nos regulamos por el II convenio colectivo del personal laboral de la generalitat valenciana. Por lo que imagino que lo no regulado aquí estará en el Estatuto. Mirando el ET no veo que articulo es el que indica cuando se nos debe dar la tablilla del horario laboral, pues el art. 4.6 al hacer referencia del calendario laboral anual, este si que se saca, pero unicamente pone que festivos hay y cuales van a ser laborables, en ningún momento indica quien (que trabajadores) va a realizar los turnos ni los días. Pero me parece que no se puede sacar legislación para conciliar vida laboral y familiar por un lado y por otro permitir que el horario salga semanalmente de un viernes para un lunes pues es imposible realizar nada. ¿Me gustaría saber cual es o son los artículos imcumplidos no solo del ET sino de cualquier otra norma o jurisprudencia?. Muchas gracias nuevamente
"Buenos días,
Como comentas, reclamar tus derechos de forma individual implica que te puedan hacer flacos favores en tu puesto de trabajo. Esta claro que tienes tus derechos, pero a veces reclamarlos implica una lucha interminable. Tendrías primero que notificar por escrito que quieres tus cuadrantes y que RRHH te firmara la hoja como recibido. En el caso que no te lo concedieran podrías demandar a la empresa por incumplimiento del estatuto, pero, sería largo...
Yo creo que la mejor opción es hablar y ver los motivos por los que la empresa actúa de esa forma y si tiene remedio.
Otra forma de tener un turno fijo es pedir una reducción de jornada por cuidado de hijo menor o familiar. Cobrarías en función de la reducción pero cotizas al 100% y puedes elegir tu horario y tus turnos de forma unilateral. ¿No tienes esta opción?
Atentamente,"
MI pregunta ahora es:
¿Qué no tengo la opción de pedir una reducción de jornada por ningún motivo de los que señalas y tampoco puedo permitirme la reducción salarial pues cobro no llega a 1000?. Somos personal laboral, de la administración publica, y nos regulamos por el II convenio colectivo del personal laboral de la generalitat valenciana. Por lo que imagino que lo no regulado aquí estará en el Estatuto. Mirando el ET no veo que articulo es el que indica cuando se nos debe dar la tablilla del horario laboral, pues el art. 4.6 al hacer referencia del calendario laboral anual, este si que se saca, pero unicamente pone que festivos hay y cuales van a ser laborables, en ningún momento indica quien (que trabajadores) va a realizar los turnos ni los días. Pero me parece que no se puede sacar legislación para conciliar vida laboral y familiar por un lado y por otro permitir que el horario salga semanalmente de un viernes para un lunes pues es imposible realizar nada. ¿Me gustaría saber cual es o son los artículos imcumplidos no solo del ET sino de cualquier otra norma o jurisprudencia?. Muchas gracias nuevamente
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Respuesta de inesmarar
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