Finiquito

Buenos días:
Estoy tendiendo un problema en la empresa en la que estoy trabajando. Empecé en ella, en el mes de Abril del 2009, con contrato eventual, pero en febrero del 2010, se me terminó el contrato y me renovaron pero con un contrato en obra.
En un principio me dijeron que no me iban a finiquitar para conservar la antigüedad, pero ahora me encuentro con que tengo de antigüedad desde febrero del 2010, ( me di cuenta al ver la nómina), y no me han pagado el finiquito. Sé lo he dicho varias veces al director financiero y me dice que está muy ocupado, que ya me lo hará. ¿Qué puedo hacer?,? ¿Es ilegal? ¿Si no me finiquitaron a efectos legales mantengo la antigüedad?. ¿Hay algún plazo y puedo perder lo que me corresponde?
Un saludo y gracias

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Lo normal hubiera sido hacer una renovación del contrato anterior, no obstante, si no te han finiquitado, la antigüedad tienen que mantenerla (esto lo podrás demostrar en cualquier momento con los contratos, nominas, vida laboral... etc). Es un poco raro que te cambien el contrato, así que lo mejor es que te asegures de lo siguiente: Compara bien los contratos y nominas para asegurarte que es la misma empresa (razón social, cuenta de cotización, CIF..) si te han dado de alta en otra cuenta de cotización, deberían de haberte finiquitado, y si lo que han hecho es cambiarte de obra (en los contratos de obra tienen que especificar la obra donde prestas servicio) según el convenio de la construcción te corresponde un 7% de todo lo devengado.
Hola de nuevo, después de varias semanas he conseguido hablar por la financiera y me ha comentado lo siguiente. He comprobado todo lo que me han comentado y todo coincide. Me ha dicho que un finiquito consta de las pagas extras y las vacaciones, y como prefiero disfrutar las vacaciones no se me van a pagar, además sigo en la empresa, y en cuento a las pagas extras, me dijo que en vez de pagarme la parte proporcional que me correspondería, se me paga el 100% la paga del mes de julio, ha admitido que no es legal pero que es lo mejor para la empresa. A mi me da igual cobrar el porcentaje o cobrar todo junto el mes de julio, pero quería saber si es lo único que me corresponde.
Un saludo y gracias
Si te despiden en un futuro podrás defender tu antigüedad desde abril 2009.

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