Dudas por cambio de empresa

Hola Mgaban
A ver si sé explicarte bien la duda que tengo.
Mi jefes están haciendo otra empresa aparte de la que ya tienen y que es donde trabajo.
La administración les va a dar una subvención, y si es nueva empresa les dan más dinero. Esta ayuda es para invertir en maquinaria y en puestos de trabajo. Deben crear 4 nuevos puestos de trabajo indefinidos (no pueden hacer un traspaso de trabajadores de una a otra)
La propuesta que nos han hecho es despedirnos a 4 de la actual empresa y contratarnos de nuevo en la otra al día siguiente.
Según nos cuentan vamos a hacer un papel ante notario donde se dirá que a todos los efectos:
* la antigüedad será la del contrato anterior, aunque en nómina aparezca la nueva fecha.
* Que aunque ahora firmemos que cobramos el finiquito realmente se nos debe.
Pero tenemos ciertas dudas, se nos ha dicho:
* Que ha efectos de la declaración de la renta la cantidad del finiquito no aparece, o no nos afecta, a la hora de pagar más, ni en otras situaciones como ayudas de guarderías en las que según los ingresos te dan una ayuda u otra.
* Que si se nos despide, con el papel que firmaremos las condiciones del despido serán las del contrato anterior.
¿Es eso así? ¿Ves algún problema? ¿En un futuro como afecta a la hora del paro si me despiden dentro de un año (esperemos que no)?
Muchas gracias

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Al día siguiente no podría ser ´porque como mínimo tendríais que estar un día en el paro... esto no es nada correcto la verdad... pero de discutible legalidad... la cuestión es que normalmente estas cosas especifican que sean 4 puestos nuevos (es decir además de la plantilla que ya se tiene) suele decir expresamente que aumente la plantilla media... no sé si será el caso...
En ingresos tu declaras tu salario, no declaras variables o por ejemplo la liquidación... ni siquiera una indemnización (que están exentas)...
La cuestión es que ahora te hacen una liquidación falsa, y le aplican una retención que da el importe neto que deberías cobrar pero realmente no cobras... si la retención está bien hecha, a hacienda le llega el año que viene la información que has ganado salario+liquidación pero que has pagado en ese momento POR de IRPF... por lo que si la retención está bien, estás en paz con hacienda respecto a eso... tendrías que pagar más por la liquidación.. pero es que en teoría ya te lo han retenido y pagado por ti... espero haberme explicado...
Lo más importante para todo es que os respeten la fecha de antigüedad... si reconocen que llevas desde hace 20 años... cuando tengan que calcular la indemnización lo harán sobre los 20 años... porque así es... y al ser indefinidos será sobre 45 días por año trabajado. Con la antigüedad os aseguráis eso...
Respecto al paro... da igual porque solo ven cuántos días has cotizado y tu base de cotización, que aunque te cambien de contrato, si te mantienen salario será la misma en ambos casos...
A ver... es algo irregular, bastante... pero realmente los apuros se los puede encontrar tu empresa que son los que están defraudando... tú siempre tienes la excusa de me obligaron... pero los dos puntos más delicados son:
1º el tema de liquidación... porque si lo firmas ahora, luego pueden alegar que ya lo cobraste... pero si dicen que con un notario vais a firmar que no lo habéis recibido (también te digo... ´es como poner por escrito y bajo notario que está cometiendo fraude.. así que no me extrañaría que luego no te lo encontraras escrito lo siento) pero si lo reconocen por escrito... pues bueno de perdidos al rio... con eso tienes garantía
2º la antigüedad... ante eso no se dece, es decir... por escrito que la antigüedad es la tuya de verdad!
3º les diría que ese día o dos días que estáis de baja, os los paguen de todas formas... porque si no no los cobras! La parte de paga extra que deberían pagarte en la liquidación y que no vas a cobrar, ¿deberían dártela con la próxima paga del nuevo contrato... ahí te la tienen que dar ok? No es algo que se guarda para el final...
a ver.. ¿problemas? Pues es una chapuza... yu como te digo me extraña que no obliguen a mantener la plantilla actual y estos 4 puestos sean nuevos pero aumenten la plantilla fija.. esto que lo miren .. porque raro raro...
¿Pero realmente qué opción tienes? Digamos que esto no deberían hacéroslo, en mi opinión da mala imagen de ellos y es para desconfiar... pero si te ponen TODO lo que me has dicho por escrito y ante notario... bueno, estarías cubierta en principio.. y te evtarías una mala situación en la empresa...
Suerte!
Muchas gracias Mgaban. Solo una aclaración, en la nueva empresa los cuatro puestos son nuevos, por que actualmente no hay ningún trabajador, y por lo tanto incrementan de 0 a 4 trabajadores indefinidos nuevos, otra cosa es que la otra empresa pasa a tener 4 trabajadores menos, pero se supone que son empresas independientes, ¿no?
Aunque como dices, ¿qué opción tengo? Si el tema de hacienda, del paro, la antigüedad y el finiquito con el escrito queda atado a nuestro favor, eso es lo importante, por que si no aceptamos nos dan el finiquito ingresado en cuenta y adiós muy buenas, nos quedarmos sin puesto de trabajo y con finiquito. De esta manera si la empresa sale bien pues todo perfecto. Eso si tendré que guardar el escrito ante notario como oro en paño.
Hablando del escrito, ante un posible litigio, que valor tiene una fotocopia, un escaneado del escrito, etc es el mismo que el del original, ¿o pierde su poder?
Muchas gracias
Ah ok, bueno en una reducen personal que no hay problema aunque si han hecho en dicha empresa algún contrato bonificado etc... a veces están condicionados a mantener la plantilla, ¿pero si en la otra crece de 0 a 4... otra cosa... diferente empresa te refieres diferente identificación fiscal verdad?
Bueno si te están ofreciendo esto y tu te niegas, teniendo en cuenta que te piden que colabores en un fraude (uno bastante común por desgracia, pero fraude) pues que tengan las narices de echarte solo con la liquidación! Que te vas al juzgado de lo social y les denuncias... porque no sería una baja voluntaria negarte... ¿ok? Tendrían realmente que despedirte y con 45 días.. .porque al tener motivos ilegales a ver cómo demuestran que es un cambio necesario! Para echarte con 20 días!
Por lo que si no estás conforme con esta situación tu otra opción es negarte... y si no te dan lo que te corresponde les denuncias... de modo que les amenazas no solo con la denuncia por tu despido si no con denunciar a la inspección de trabajo... que revisará el tema y verá esa ... "transacción" ilegal de trabajadores...
Pero si quieres conservar tu trabajo, y pese a que es una chapuza... pues bueno si REALMENTE lo ponen por escrito y con un notario (comprueba credenciales por si acaso y no se te ocurra firmar nada que ponga una coma menos de lo que te han dicho! Y si te lo dan a leer antes de ir a firmar en el notario mejor... de hecho exigelo!
Siempre es más difícil que luego te lo pongan delante, no entender algo, o estar nerviosa y no haberlo leído bien, y decir delante del notario que tienes que pensarlo! Así que que te den el borrador antes del día de la firma...
En un litigio ORIGINALES... por ejemplo de un contrato de trabajo o algo así... pues no hace falta porque de mil formas se pueden demostrar su contenido... pero por ejemplo de algo así, pues original mejor, pero ten en cuenta que si luego hay un juicio por esto, podréis demostrar fácil que un día os dieron de baja... y al día siguiente de alta en otra empresa... etc... realmente depende para qué cosas...

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