Contrato en prácticas

Hola,
en la nueva empresa a la que me voy a incorporar me han dicho que si con anterioridad no había tenido un contrato en practicas, el contrato que me iban a hacer ellos seria en practicas el primer año. Lo que me gustaría saber es si este tipo de contrato tiene alguna consecuencia negativa para mi, o solo positivas para la empresa. Por ejemplo, no se si el periodo de practicas se tiene en cuenta a la hora de ver cuanto tiempo tienes de derecho a prestación por desempleo en caso de despido, o si ese tiempo se incluiría para la indemnización por despido, o si se tiene en cuenta para los años cotizados para la jubilación.
Muchas gracias por todo y un saludo.

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El contrato en prácticas tiene las siguientes peculiaridades:
- Tiene que celebrarse dentro de los cuatro años siguientes a la finalización de los estudios correspondientes.
- El trabajador debe entregar al empresario fotocopia compulsada del correspondiente titulo académico.
- Nunca podrá percibir menos del salario mínimo profesional (¿451.20? Para el 2003)
- A la terminación del contrato el empresario debe entregar al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, puesto desempeñado y las principales tareas realizadas.
- La cotización es como cualquier contrato ordinario (temporal).

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