Seguros sociales

Tengo una duda y es que soy nuevo en esto... ¿a la hora de calcular los seguros sociales de un trabajador que está de baja que base cotización tengo en cuenta? Es que el programa que uso me mantiene la misma base de cotización y me saca un recibo de liquidación de la misma cantidad que si no estuviera de baja... ¿cómo puede ser eso?

1 respuesta

Respuesta
Es lo procedente, ya que en las situaciones de IT la base de cotización aplicable para las contingencias comunes será la correspondiente al mes anterior al de la fecha de la incapacidad (Orden de cotización anual). Al margen de las cuotas, la empresa puede deducir la IT abonada al trabajador en concepto de pago delegado (el importe adelantado de la IT). En caso de duda con el importe de la IT, lo mejor es preguntar en la Mutua de la empresa, para evitar posteriores reclamaciones.
entonces es normal que me dé a pagar lo mismo?? el tema es que el trabajador quedó de baja el 29/11 y en noviembre ya se pagaron menos seguros sociales...ahora paso los de diciembre y me sale un poco menos...que me recomiendas hablarlo con la mutua?? en caso del pago delegado quien pagaría primero la empresa y luego le pedimos a la mutua que reintegre...como funciona eso?
gracias
Si la retribución del trabajador es estable (es decir, si cobra siempre la misma cantidad), la base de cotización es la misma y por lo tanto el importe a pagar también. La prestación de IT la tiene que adelantar la empresa al trabajador en virtud del pago delegado. El importe abonado al trabajador la empresa se lo deduce del boletín de cotización que liquida mensualmente, teniendo en cuenta que la cuota se tiene que abonar dentro de plazo (mes siguiente)
        Como se dijo, si hay dudas respecto al importe de la prestación, lo mejor es preguntar en la Mutua.

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