Jubilación anticipada

Hola, tengo 48 años con un despido improcedente con 32 años cotizados. Tengo 2 años de desempleo. ¿A los 50 años podré acogerme a alguna ayuda?. Si es así, ¿Es compatible con seguir cotizando a través del convenio especial de la SS para la jubilación?. Con el convenio especial de la SS ¿podría jubilarme anticipadamente a los 61 años?.
Muchas gracias de antemano. Saludos, Laura

2 Respuestas

Respuesta
1
Una vez finalizada la prestación por desempleo, dentro de dos años, deberás consultar si en su momento hay alguna ayuda, ya que estas pueden cambiar todos los años, en la actualidad si la tendrías.
Respecto al convenio especial debes consultarlo en el INSS, donde te podrán informar también en su momento en función de tu circunstancia real, ya que tienen todos los datos de tu cotización.
Podrías jubilarte a los 61 años, en la actualidad, pero con una penalización por jubilación anticipada.
Como te comento la legislación respecto a este tema cambia de forma habitual y más en la situación actual.
Respuesta
1
En principio-si no cambian la legislación-, tendrás derecho al Subsidio por desempleo o lo que la ciudadanía denominamos, AYUDA FAMILIAR, evidentemente si no superas unos tramos de ingresos, dependdiendo de los miembros que constituyan tú unidad familiar.
En segundo lugar, respecto al Convenio especial, pues SÍ podrás compatibilizarlo con vistas a una futura jubilación, y eso te lo calculará la Tesorería general más cercana a tu domicilio y
En tercer lugar, respecto a la jubilación anticipada a los 61 años, la norma actual- establece que los requisitos son : tener 61 años de edad, 30 años cotizados sin bonificaciones (osea reales) y llevar un mínimo de 6 meses como demandante de empleo.
Todo esto, aclaro, si la legislación laboral y de seguridad social no la modifican.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas