Incapacidad permanente total. Reclamación con plazo vencido

Después de estar un año de baja por dos hernias de disco lumbares el INSS me ha propuesto para la incapacidad permanente resolviéndose favorablemente. El problema es que la cantidad que me han asignado para cobrar por un 55% no la veo aceptable ya que estoy impedida para trabajar hasta que me operen. Mi pregunta es: tenía 30 días para interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional y no lo hice por ignorancia pensando que era lo que me correspondía pero he ido a peor y quiero recurrir ese porcentaje. ¿Tendría alguna posibilidad habiendo pasado esos 30 días?

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La cuantía de la pensión por incapacidad permanente total no solamente de el grado de incapacidad que te conceda el INSS si no que también depende de la cuantía de lo que hayas cotizado, pero como me supongo que el grado de incapacidad que te han asignado es el de incapacidad permanente total cuya cuantía es la correspondiente al 55% de la base reguladora cuantía que aumenta en un 20% a partir de los 55 años siempre y cuando a los 55 años no estés realizando ninguna actividad laboral compatible con la pensión de invalidez, si no estas conforme con el grado de incapacidad que te han concedido, aunque haya transcurrido el plazo para recurrir la resolución del INSS, puedes solicitar una nueva revisión por empeoramiento, para reclamar la modificación del grado de incapacidad permanente total por el de incapacidad permanente absoluta, para ello tienes que alegar que empeoramiento sobrevenido, o lo que es lo mismo un empeoramiento que se produce con el transcurso del tiempo, y que no se puede predecir razón por la que no as podido recurrir porque dicho empeoramiento se produce pasado el tiempo de reclamación, de todas formas te aconsejo que te pongas en manos de algún abogado particular o de oficio que puedes solicitar en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu ciudad para que se encarguen de las gestiones que conlleva la reclamación, pero no te desanimes porque si cada vez te encuentras en peores condiciones y el estado de salud no mejora si no que cada vez va a peor no le quedara mas remedio al INSS que reconocerte la incapacidad absoluta con la base reguladora del 100%Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Muchas gracias por tu respuesta, ha sido muy completa y de gran ayuda, seguiré tu consejo de consultarlo con un abogado pero me gustaría consultarte una cosa mas. En el caso de quedecidiera quedarme con la incapacidad permanente total y al ser esta sobre mi profesion habitual, dependienta, si consiguiera un trabajo sentada como administrativa seguiría cobrando mi incapacidad? es decir, sería compatible cobrar un sueldo y una incapacidad total?

<div> </div><div>Gracias nuevamente y un saludo</div>

Si al final sigues con la incapacidad permanente total porque no prospera la reclamación para la modificación del grado de incapacidad, total por el de la absoluta y encuentras un trabajo compatible con la incapacidad total para tu profesión puedes compatibilizar la pensión de invalidez con el trabajo pero antes de comenzar a trabajar lo tienes que poner en conocimiento del INSS por lo demás si el trabajo es compatible con el grado de invalidez reconocido por el INSS no tienes ningún problema en compatibilizar la pensión con el trabajo... No se te olvide finalizar la pregunta

Me has sido de gran ayuda y tienes en cuenta las posibles situaciones que puedan surgir y avisas de ello, además se te ve muy humano a la hora de responder, muchas gracias por ayudar de esta manera. Un saludo

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