Despido de empleadas de hogar

Me gustaría si pudiera ser me contestara en que situación se encuentra una persona cuando dada de alta en S.S como empleada de hogar, se le quiere despedir, cual es el proceso legal.

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El contrato de trabajo de las empleadas de hogar puede acabarse por los siguientes motivos:
3- Mutuo acuerdo de las partes.
- Por las causas que se hayan puesto en el contrato, salvo que constituyan manifiesto abuso de derecho por parte del empleador.
- Por expiración del tiempo de contrato.
- Por dimisión de la trabajadora
- Por muerte o incapacidad del empleador
- Por fuerza mayor que imposibilite la prestación del trabajo
- Por despido disciplinario de la trabajadora
- Por desistimiento del empleador
Se suele considerar que hay mutuo acuerdo de las partes cuando las dos han firmado el recibo de liquidación y finiquito.
Al expirar el tiempo de contrato el empleador debe notificar el fin con 7 días de antelación. Al mismo tiempo, tiene que abonar una indemnización 7 días naturales de salario por cada año de servicio, incluida la prorrata de las pagas extras, con el límite de 6 mensualidades.
Cuando la trabajadora dimite, tiene que preavisar con 7 días de antelación. En caso contrario, le descontarán en la liquidación y finiquito.
El despido disciplinario se tiene que producir por notificación escrita. Si el despido se produjese de forma verbal, de palabra, la carga de la prueba le corresponde a la trabajadora. Si no se está de acuerdo con el despido, con los motivos aducidos por el empleador, se puede hacer una demanda en contra. El plazo para interponer la demanda es de 20 días hábiles. Si el despido es declarado improcedente por el Juzgado de lo Social, la trabajadora tiene derecho a cobrar una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio. En este régimen laboral especial, existe una figura también especial para finalizar una relación laboral: el desistimiento del empleador. En ese caso, el empleador tiene que comunicar la extinción de la relación laboral con una antelación de 20 días si la relación ha sido de más de un año, y de 7 días si ha sido de menos tiempo. El preaviso puede sustituirse por una indemnización equivalente al salario en metálico de dicho período. Simultáneamente a la notificación del desistimiento, el empleador tiene que abonar a la trabajadora una indemnización equivalente a 7 días de salario en metálico por cada año de servicio. Durante el plazo de preaviso, la trabajadora tiene derecho a una licencia de 6 horas semanales para buscar un nuevo empleo, sin pérdida de salario.
 mas informacion :http://www.mugak.eu/ef_etp_files/view/Cuadernillo_Reg._empleadas_de_hogar.pdf?revision_id=19622&package_id=19608
Te agradezco sinceramente tu rápida y excelente contestación. Me ha sido realmente útil y esclarecedora tu respuesta.
Feliz Navidad.

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