Multa por exceso de velocidad

Hola nikomc:
En agosto me pusieron una multa por exceso de velocidad, iba a 85 en zona de 50. La guardia civil no me paro, por lo que en ese momento no me dì cuenta de que me habían multado. La multa me llego en octubre y la he estado recurriendo. Hoy me acaban de mandar la foto y el certificado del radar. Tengo plazo para hacer más alegaciones. Que alegaciones podría presentar, ¿cuándo ya me han enviado las pruebas? ¿Deben indicarme las razones de por que no me han parado en ese momento? (¿No constaban en la notificación) Puedo pedir más pruebas?
Muchas gracias.

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Como has podido comprobar, recurrir una sanción cuando hay pruebas gráficas y/u ópticas como es este caso es bastante difícil el recurso.
En cuanto a tu pregunta, NO puedes recurrir por el hecho de que no te notificaran "in situ" la denuncia, ya que según la reforma de la Ley de Seguridad Vial ( en diciembre de 2001), NO es obligatorio parar y notificar al infractor, siempre y cuando se especifique en el correspondiente boletín el motivo de tal omisión.
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