Ley de propiedad horizontal

Hola. Me gustaría saber en qué artículo de la Ley de Propiedad Horizontal viene reflejado el que nos vecinos no pueden realizar ruidos a partir de las 22.00. He estado mirando en la dirección siguiente: http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm aunque el estatuto data de 1960 y no se si ha habido alguna ley posterior constatada en el BOE que refleje el asunto de ruidos en la comunidad. Por mis indagaciones creo que puede ser el artítulo número 7 apartado número 2. A ver si podéis ayudar con esto pues estamos desesperados por los ruidos de estos vecinos que no nos dejan dormir.

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El ayuntamiento donde vivas tiene una ley de ruidos acude allí y que te lo den por escrito, pero de ley la autorización para meter ruidos es de ocho de la mañana a diez de la noche normalmente en todos los sitios, ya que se considera hora de levantarse y acostarse la gente, ahora si los ruidos son de reunión de amigos y no son muy altos igual no podéis hacer nada

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