Requisitos boletín denuncia policía local

Me han puesto una multa, la policía local de Valencia, por ir en bici por la acera, no ha inclusido el agente la normativa infringida, y tampoco he firmado la multa y no ha requerido como testigo a otro agente para que firmase en mi lugar. ¿Es válido ese boletín de denuncia con la falta de esos dos requisitos? ¿Me pueden sancionar por inr con la bici por la acera yendo a una velocidad prudentísima y por un lugar donde apenas hay peatones, siendo que por la calzada es una vía de mucha circulación de varios carriles? ¿Qué acciones me recomendáis para recurrir?
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La circulación por las aceras es exclusiva para los peatones y vetada para cualquier tipo de vehículo de 2, 3 o 4 ruedas, con o sin motor, así como a las caballerías de monta y carga.
Si el boletín es válido, la única obligación del Agente es la identificartede e informarte de la infracción cometida, describiendo esa infracción en la denuncia, ni siquiera tiene la obligación de entregarte el boletín de denuncia, ya que no firmaste su recepción.
Los importes de las sanciones los impone el instructor del expediente, ateniéndose a la gravedad de la infracción y a la reincidencia del infractor.
Puedes recurrirla en base a la última consideración que haces, creyendo más oportuno circular por la acera de manera prudente, dado que la circulación por la calzada ponía en riesgo tu seguridad debido a la gran afluencia de vehículos.
He quedado satisfecho con tu respuesta. Seguramente recurriré la multa alegando la consideración tan acertada que haces en tu respuesta. Gracias.

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