Ayuda, por favor.
Muy buenas tardes, el motivo de que me dirija a Usted es el siguiente.
Hace un año y cuatro meses fui parado en un control de alcoholemia y di una tasa de 0.40MG/L. Admito mi gran error, si, esa noche había bebido poco, pero al parecer más de lo permitido para poder conducir un vehículo, por lo que no presente ningún tipo de reclamación.
Esperé a la firmeza de la resolución, a su llegada y dada mi absoluta incultura en estos temas, pensé que la sanción de retirada del carné (un mes en mi caso), empezaba a contar desde la fecha en la que se hizo firme la resolución... Craso error, hoy he recibido una carta en la que me informan que si no me presento en un plazo máximo de 5 días en la jefatura provincial de tráfico (Alicante, yo soy de Torrevieja), se personarán en mi domicilio agentes de la autoridad para hacer la recogida del carné. Esto me lleva a las siguientes dudas.
¿Qué se personen agentes de la autoridad en mi domicilio para la retirada de mi carnet supone algún perjuicio añadido hacia mi persona?
En uno de los muchos foros por los que he buceado en busca de alguna respuesta que aclarara mis dudas, he encontrado a una persona con un caso similar al mío y en la que otro señor muy amable que se presentaba como abogado le comentaba que no se preocupara, que la retirada del carné por parte de los agentes era puramente simbólica y que estos nunca pasaban por el domicilio, haciéndose efectiva la retirada de 1 mes a los 5 días siguientes de la fecha del comunicado. ¿Es eso cierto?.
No sé si Usted tendrá conocimiento de los temas que le expongo, además entendería perfectamente que hiciera caso omiso a mis consultas.
Muchas gracias por su tiempo.
Hace un año y cuatro meses fui parado en un control de alcoholemia y di una tasa de 0.40MG/L. Admito mi gran error, si, esa noche había bebido poco, pero al parecer más de lo permitido para poder conducir un vehículo, por lo que no presente ningún tipo de reclamación.
Esperé a la firmeza de la resolución, a su llegada y dada mi absoluta incultura en estos temas, pensé que la sanción de retirada del carné (un mes en mi caso), empezaba a contar desde la fecha en la que se hizo firme la resolución... Craso error, hoy he recibido una carta en la que me informan que si no me presento en un plazo máximo de 5 días en la jefatura provincial de tráfico (Alicante, yo soy de Torrevieja), se personarán en mi domicilio agentes de la autoridad para hacer la recogida del carné. Esto me lleva a las siguientes dudas.
¿Qué se personen agentes de la autoridad en mi domicilio para la retirada de mi carnet supone algún perjuicio añadido hacia mi persona?
En uno de los muchos foros por los que he buceado en busca de alguna respuesta que aclarara mis dudas, he encontrado a una persona con un caso similar al mío y en la que otro señor muy amable que se presentaba como abogado le comentaba que no se preocupara, que la retirada del carné por parte de los agentes era puramente simbólica y que estos nunca pasaban por el domicilio, haciéndose efectiva la retirada de 1 mes a los 5 días siguientes de la fecha del comunicado. ¿Es eso cierto?.
No sé si Usted tendrá conocimiento de los temas que le expongo, además entendería perfectamente que hiciera caso omiso a mis consultas.
Muchas gracias por su tiempo.
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