Reingreso Excedencia Voluntaria por Contrato de Relevo

Actualmente soy Técnico Auxiliar de Deportes en la Diputación de Córdoba.
Hace unos meses me presenté a una plaza de Técnico de Deportes de esta misma Corporación, en la que quedé segundo. Tal plaza generaba bolsa.
El próximo mes de noviembre queda vacante una plaza de Técnico de Deportes por un CONTRATO DE RELEVO, por la prejubilación de un compañero.
Consultado a Personal, no puedo ocupar dicho contrato por ser Laboral Fijo, cuestión que recoge la normativa propia del Contrato de Relevo. Ni siquiera, pasando a situación de excedencia voluntaria, puesto que el reingreso a la Administración, debe producirse, al menos, dos años después de la concesión de dicha excedencia.
MI CONSULTA: Volver a la misma Administración ocupando un puesto de diferente categoría y nivel ¿se considera reingreso? ¿O un nuevo ingreso?
Gracias, por anticipado.

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Yo no soy experto en Administraciones Públicas pero intentaré ayudarte.
Entiendo que en tu caso, sería un reingreso al deberse que se trata de un puesto laboral fijo, y al ne ser tu caso, estaríamos hablando de reingreso.
Lamento no poder ayudarte más en éste caso.
Aún no siendo experto en el tema, reingreso entiendo que es al puesto de trabajo, no a la Administración.
Al estar ocupando Plaza de Técnico Auxiliar, es un Grupo de Clasificación C1, mientras que si acepto el contrato de relevo de Técnico de Deportes, el grupo es A2. A mi entender, y yo sí que no soy experto en nada, no se produce un reingreso (evidentemente sí a la misma Administración de procedencia) pues se ocupa un nuevo puesto de trabajo, con diferente categoría y nivel.
No obstante, busco una respuesta ajustada a ley, claro, no una interpretación de conceptos. Por eso voy a solicitar informe a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Muchas gracias, no obstante. Buenos días.
Me parece correcto. Buena suerte.

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