En ningún caso. Nunca se puede multar a una persona que no ha pasado una inspección técnica ya que no es el encargado de realizarla. Obvia la multa a no ser que el propietario sea un conocido y en ese caso tenéis el recurso ganado si es que no se le ha notificado a él. Decir también que lo único que ha podido pasar es que se inmovilizara el coche y que sea el propietario que lo desplace a la ITV en grúa para que se le levante la inmovilización del automóvil.
Me temo que sí, eslapera. Cuando un vehículo a motor circula por las vías públicas sin que haya pasado la correspondiente inspección técnica, la responsabilidad es de quien conduce en ese momento; es más, el Reglamento de Circulación habilita a los Agentes de Tráfico (Policía Municipal o Guardia Civil) incluso a retirar con grúa el vehículo en el mismo momento si se observan daños ostensibles que pongan en peligro la seguridad; no se si este fue tu caso. Ahora bien, otra cosa es que la responsabilidad de pasar dichas inspecciones corresponde al titular (dueño) del vehículo; pero el hecho de conducir un vehículo sin ITV también supone sanción, aunque no seas el dueño. En resumen, cada uno tiene su responsabilidad: el dueño por no haberla pasado y el conductor por conducir un vehículo sin ITV