¿Qué sanción máxima hay por el delito de aumentar la potencia de una moto sobre los límites?

¿LLevo menos de dos años con el permiso de conducir clase A. Que sanción máxima podría tener si me pillan llevando una moto que se pase de la potencia límite que hay para estos dos primeros años?.
A veces lo hago, y quisiera saber a que me arriesgo. Muchas gracias.

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En contestación a tu pregunta te diré que la Ley de Seguridad Vial (Decreto 339/90) dice en su artículo 67 que "serán sancionadas con multa de 15.000 a 250.000 pts la conducción sin la autorización administrativa correspondiente..." Como ves tienen mucho margen para elegir la sanción (de 15.000 a 250.000), la graduación de la sanción sería en función de la gravedad del hecho, antecedentes, etc... Según mi experiencia, lo más habitual son sanciones de 50.000 pts
Así mismo esa Ley dice que para este tipo de infracciones cabe la "sanción de suspensión de hasta un año de la correspondiente autorización o de la cancelación de la misma" Esto a veces ocurre también.
Te informo así mismo que al no tener el carnet válido y estar circulando, el Agente puede ordenar que la moto sea retirada por la grúa a un depósito hasta que alguien con carnet válido pueda retirarla (tendrías que abonar los gastos de la grúa y depósito)
Todo esto según la Ley de Seguridad Vial en vigor hasta ahora, en Enero entra en vigor otra Ley que según mis informaciones casi no cambiará nada en este aspecto.

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