Sociedad conyugal. Bienes propios

Construí una casa en el terreno de mi suegra. Ahora quiero divorciarme. ¿Puedo reclamar el importe del valor de la casa construida con dinero propio (no ganancial)?

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1
Antes de entrar en el fondo del asunto es necesario saber la procedencia del capital con el que se construyó la casa para considerar si es ganancial o no.
La procedencia del dinero con que se construyó la casa es de una donación en vida de mi madre, por lo cual considero que es dinero propio, sobre todo porque tal donación fue realizada antes del matrimonio, lo mismo que la construcción de la casa. Gracias. Espero su respuesta.
Ere
Ha habido error en la transmisión anterior
A pesar de ser incuestionable que la casa es bien privativo tuyo, la casuística del tema es muy extensa.
Si existe mutuo acuerdo en la separación no debe haber problema en tasar la vivienda para resarcirte de tus gastos, contado con que la otra parte tenga interés en adquirir así como capacidad económica.
Otra opción es proceder a la venta de parcela y casa para luego repartir proporcionalmente.
En caso de no existir acuerdo, y para no extenderme en demasía, te transcribo el articulo 361 del Código Civil :"El dueño del terreno en que se edificare... tendrá derecho a hacer suya la obra... previa la indemnización establecida... o a obligar al que fabrico a pagarle el precio del terreno..."
Se que no doy una solución directa pero espero haberte dado una cierta orientación.

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