Devolución de fianza

Mi contrato de alquiler termina dentro de 3 meses. Y tengo por escrito que debo avisar 3 meses antes de dejar la propiedad alquilada.

Puedo los 2 últimos meses no pagar el alquiler, ya que es lo que pague de fianza?

gracias Nanukka

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No. La fianza se deposita para garantizar el pago de las reparaciones que hubieran que hacerse en la vivienda arrendada (si es el caso) y también se ha consignado una mensualidad de renta en la Cámara de la Propiedad Urbana, que la arrendadora tendrá que retirar para devolvérsela a ustedes.

En el primer caso, es necesario que primero entreguen las llaves y previa inspección, le devolverán la fianza: también es necesario que después de la solicitud a la Cámara de la Propiedad el transcurso de cierto tiempo para devolver el deposito.

www.lopezcollado.es

El contrato no esta registrado.

Si el piso quedará en buen estado, si se quiere compensar los últimos dos meses de renta con la fianza prestada (dos meses), hay que pensar que no habrá ningún problema y la arrendadora no interpondrá una demanda de desahucio por falta de pago de la renta, a dos meses de quedar resuelto el contrato, pudiendo, si le reclamara después de dejar el piso en buen estado y de acuerdo con lo pactado, ese dinero. Entonces ustedes alegar la compensación (fianza por los dos meses). Pero si el piso no queda a satisfacción de la arrendadora, deberán llegar a un acuerdo o tendrá que hacer frente a una demanda judicial y al pago de las costas.

Poner la demanda de desahucio por falta de pago de la renta, habiéndole notificado que no se renovará el contrato, sería una forma de actuar poco comprensible, pero legal totalmente.

Últimamente abundan tanto los impagos de los alquileres que los arrendadores, conocedores del estado de cosas, no pierden el tiempo y demandan en cuanto hay un simple retraso de un mes de renta.

esta claro, que nunca tenemos las de ganar.

Por que la arrendadora, también puede alegar cualquier dano, para no devolver la fianza.

gracias

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