Multa por estacionar en "carga y descarga"
Uno de mis hijos estacionó de madrugada en zona de carga y descarga (creyendo que el sábado no se utilizaba esa zona), y se encontró con que el coche no estaba por la mañana: se lo había llevado la grúa.
Recuperó el coche: 70 euros. Y en el parabrisas tenía el boletín de denuncia (con hora: 07:57).
No he comprobado si el horario de carga y descarga es de 7 a 13 (como indica el boletín), o de 8 a 13 . . . Pero supongamos que es correcto ese horario.
Lo que sí observo es que la referencia al artículo, punto y letra de la "ordenanza municipal de circulación y transporte" NO ES CORRECTA, y me explico:
El boletín indica:
Calificación: GRAVE. Importe: 200 euros.
Sin embargo, en dicha ordenanza se indica que "estacionar en lugares reservados a carga y descarga", teniendo la calificación de "grave", lleva aparejada una sanción de 120,00 euros.(Art. 39 LSV, art. 91.2.g RGC, y art.66.2.t OMCT)
Mi consulta es:
¿Cuál sería la forma correcta de recurrir en base a este DEFECTO DE FORMA, de manera que se pueda, en su caso, abonar el 50% del importe de la sanción --pues el vehículo sí estaba incorrectamente estacionado--?
Y en el caso de que llegara a considerarse nula de pleno derecho la denuncia, ¿cómo reclamar el importe del "servicio de recogida, traslado y depósito" del vehículo?
Muchas gracias por vuestra atención y quedo a la espera de vuestros comentarios.