¿Cómo quitar la anotación preventiva de embargo?
Con fecha (finales del 2008), fue notificado del Juzgado nº 19 de Madrid, ordenación de embargo.
Se procedió al embargo del sueldos por importe en total de unos 3000 €
Pero desde el año 2009, no se ha vuelto a proceder a hacer ninguna retención de nómina ni se ha recibido notificación del Juzgado, a pesar de que ha estado trabajando.
El piso tiene una anotación preventiva de embargo de fecha 10/02/2009, por un importe del notificado por el Juzgado.
Con fecha 10/12/2012, se ha prorrogado por cuatro años más.
AFECCIÓN: Afección exenta de transmisiones por el plazo de 5 años a partir del 10/12/2012.
¿Qué deberíamos de hacer para que le sigan embargando el salario con arreglo a la Ley?
¿El importe de las cantidades aumenta?
¿Cómo quitamos la anotación de embargo?.
¿Qué significa la afección que está puesta?.