Herencia recibida con prohibición de disponer

Hace un año heredamos una casa en una pedanía de la provincia de Teruel. Hace años la casa la heredó mi primo, pero tiempo después cambió de opinión y se la devolvió a mi padre mediante una escritura de donación. En dicha donación le coló una carga: tiene prohibido alquilar o disponer de la casa por cualquier título intervivos o mortis causa, salvo a los descendientes, a los cuales afectará también dicha prohibición. Esta prohibición de disponer rige durante la vida del donante, salvo que éste de su consentimiento para disponer.

Esta casa está en mal estado y es un problema para nosotros. La mejor solución sería venderla o donarla porque no nos interesa tenerla. Pero la relación con mi primo siempre ha estado mal y no está por la labor de quitar la cláusula ni quedarse con la casa.

Mi pregunta es qué puedo hacer para deshacerme de esta propiedad que no me interesa tener. La carga dice que no se puede disponer "salvo consentimiento del donante". ¿Valdría un consentimiento tácito? Es decir, vender la casa y si mi primo no dice nada, ¿dar la venta por válida? En fin, no sé qué hacer... Me gustaría saber la opinión de algún experto

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Efectivamente, si vendes la casa y tu primo no dice nada, consiente, el problema es que si se opone tendrás un problema por que tendrás una demanda.

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