Tengo que presentar nuevas pruebas si para el juicio por Incapacidad Permanente me faltan 12 meses ?

He hecho una demanda y el Juzgado de lo Social me cita con 12 meses de diferencia.

¿Tengo qué presentar más informes?

Si se presentaran, ¿se tomarían en cuenta?

Si no se presenta ningún informe mas, ¿se tomaría en cuenta para mal?

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Imagino que usted estará personado en el procedimiento con abogado. En dicho caso, estas consultas debería hacérselas a él, mayormente porque conoce lo que se ha aportado y lo que no a efectos de alguna estrategia procesal.

En la práctica en materia de incapacidad permanente, lo normal es que transcurran 12 meses o más desde la demanda hasta la celebración del juicio, ya que hay otros temas que tienen preferencia en derecho laboral como despidos o reclamaciones de salarios.

Sobre si tiene que presentar más informes, depende los que se hayan aportado con la demanda, los que se anunciaran en la misma, etc. En derecho laboral no ocurre como en el procedimiento civil ordinario, de modo que se pueden presentar documentos e informes con posterioridad a la demanda. Eso sí, el informe pericial que aporte (prueba básica para un procedimiento por incapacidad permanente), lo conveniente es aportarlo en el acto del juicio y no antes. Esto está permitido y es estrategia procesal pura y dura. De todo esto es de lo que debe informarle su abogado.

Para el caso de que aún no tuviera abogado, le facilito nuestros datos para que sin compromiso nos contacte:

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www.lariosabogados.es

El informe pericial esta adjunto a la demanda que se presentó.

Lo que me apunta es lleve el mismo informe y lo explique el doctor-perito o hacer otro con el mismo perito ?

Si se hace otro habrá que explicar los 2 con el avance o los cambios habidos en el transcurso de esos 12 meses.?

Se puede cambiar de perito y presentar nueva peritación aunque no estuviera vinculada a la anterior en la demanda ?

Si ya se ha aportado el informe pericial a la demanda, no es necesario aportarlo nuevamente, pues ya obra en el expediente del Juzgado. Ya basta con que el perito acuda al juicio para ratificar el informe y contestar a las preguntas que se le formulen.

Se puede aportar otro informe pericial, pero no es algo común, entre otras cosas, porque son dos peritos a los que pagar. Del avance de las lesiones en estos 12 meses podrá y deberá informar el primer perito.

Al igual que se puede llevar un segundo perito y tener dos peritos en el juicio, se puede cambiar el primero por el segundo. Eso sí, lo normal y lo lógico es que el primer perito del que se desiste cobre por el informe ya realizado.

Muchas Gracias !!! 

No hay de qué. Un saludo, mucha suerte, y a su disposición para cuanto necesite.

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