¿Pueden pagarme finiquito y nóminas atrasadas con pagarés?

La tienda en la cual trabajo hay rumores de cierre, ya han cerrado varias y la cuestión es que el resto de mis ex compañeras están teniendo problemas a la hora de cobrar ya que aceptaron pagarés por pago. A mi actualmente me deben 2 nóminas y en caso de echarme finiquito y quiero saber si estoy obligada a coger como método de pago un pagaré o si por el contrario debería negarme.

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Si en la empresa hay rumores de cierre y le deben a usted 2 nóminas, entiendo que lo primero que hay que hacer es reclamar judicialmente esas cantidades, porque si la empresa se declara en quiebra de aquí a un tiempo, luego esas dos nóminas, en la práctica, va a ser muy difícil cobrarlas. Si se reclaman esas dos nóminas hoy y la empresa después despide, a esa demanda de reclamación de salarios se puede acumular la de despido sin problemas, pero ya se asegura el cobro en mayor medida.

Con respecto al pago por medio de pagarés, niéguese. El pagaré, como tal, es una promesa de pago. Y la empresa está obligada al pago, no a la promesa del mismo. Es decir, no es igual tener realmente (mediante pago) 3.000 euros que un pagaré de 3.000 euros, que no es otra cosa que un "prometo que pagaré 3.000 euros".

La obligación del pago por parte de la empresa es innegociable, y el pago por pagarés no deja de ser en la mayoría de los casos una trampa para eximirse de dicho pago.

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Larios Abogados

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