Quien esta obligado a pagar la tasa por el servicio de salvamento del ayuntamiento de Salamanca

Tengo un piso alquilado, unos amigos van a visitar a mis inquilinos se quedan atrapados en el ascensor llaman a la empresa de ascensores y al no obtener respuesta llaman al 112, intervienen los Bomberos de Salamanca y los sacan del ascensor.

El ayuntamiento de Salamanca en su OAGER articulo 3 sujetos pasivos, punto 2 dice

Cuando se trate de la prestación de un servicio de salvamentorescate u otros análogos, sera sujeto pasivocontribuyente, la persona física o judirica y las entidades en cuyo interés redunde

En su articulo 4 Responsable

Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas o entidades a las que se refiere el articulo 42 de la ley general tributaria.

Quien debería de pagar la tasa, la personas físicas a las que rescataron, los inquilinos a los que ivan a visitar, el dueño del piso alquilado, o la comunidad de vecinos

Respuesta
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Es posible que el ayuntamiento emita la tasa para que la paguen las personas que han sido rescatadas, aunque en nuestra opinión debería hacerlo a la comunidad de propietarios, que es el titular y responsable del ascensor, y por lo tanto, de su buen estado y funcionamiento. En nuestra opinión, debería ser la comunidad quien paga el rescate.

Dependiendo del tipo de contrato de mantenimiento, es posible que la empresa de mantenimiento e incluso del seguro de la comunidad, puedan hacerse cargo.

Le recomendamos se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

El ayuntamiento a cobrado la tasa a la comunidad , y la comunidad quiere que yo la abone , la pregunta seria quien segun el  articulo 42 de la ley general tributaria , quien seria el responsable subsidiario de esa tasa . Recuerdo que los que llamaron a los bomberos no fueron mi inquilinos fueron unas personas que  iban de visita al piso de mis inquilinos , entiendo que si hubiera sido el cartero el que se hubiera quedado encerrado cuando iba a entregar un certificado pongamos al 5 C y el hubiera  llamado a los bomberos , la comunidad no le reclamaria a el vecino del 5 C que pagara el la tasa .

Como ya le hemos indicado, en nuestra opinión, el responsable de tener en orden el ascensor y el titular del mismo, es la comunidad de propietarios y por lo tanto quien ha de pagar.

El que llamen sus inquilinos o el cartero, no cambia que la propiedad y responsabilidad sea de la Comunidad. Si que como parte de la comunidad, tendrá que pagar usted la parte que le corresponda, como el resto de gastos que tiene la comunidad, pues todos los propietarios, responden solidariamente.

En cualquier caso, si quieren reclamarle a usted, deberá ponerse en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude en su defensa.

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