Problema con una vecina que ensucia patio común

En mi finca hay una vecina que tiene todo el día encerrado al pero en el balcón, y la orina del perro cae desde su balcón a un patio comunitario de la finca por donde se sale con los carros de los niños para no tener que pasar por las escaleras. Es una verdadera cochinada, desprende un olor muy desagradable y a parte del temor de que te caiga encima es el asco de pisarlo y luego entrar en tu casa. La administradora esta avisada y no pone remedio, y el duaño del piso, puesto que esta de alquiler, no quiere saber nada.

Mi pregunta es, ¿lo puedo denunciar yo? ¿Dónde? En la local, ayuntamiento... ¿seria mejor popner la denuncia entre varios propietarios? ¿Necesito fotos? Porque pillar al perro en plana action es un poco complicado.

2 Respuestas

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Estamos ante una actividad tipificada en la Ley de Propiedad Horizontal como claramente Insalubre. Este tema está regulado en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal . Dicho artículo señala que: “El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.”

Si el vecino persiste con la actividad insalubre el artículo anterior continúa:

“El Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este Articulo, se sustanciará a través del juicio ordinario. Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la afectividad de la orden de cesación”.

Incluso, en el caso más extremo, el juez podría ordenar la privación del derecho al uso de la vivienda por un tiempo no superior a tres años así como una indemnización de daños y prejuicios

Concluimos por tanto, que primero se debe de agotar la vía del diálogo y si no se consigue que el vecino interrumpa la actividad insalubre se podrá pasar a la vía judicial.

Estamos a su disposición si tiene alguna otra pregunta.

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Primero que todo debes hacer un documento escrito a la administración y que te firmen la copia de recibido donde informas que se está presentando esa violación a la LPH.

Esperas ocho días para que la administración te responda por escrito "qué medidas van a adoptar frente a tu queja". Esperas otros ocho días para verificar que se hagan los cambios en tu vecina.

Si pasado ese lapso de tiempo no se han efectuado los cambios en esa situación llevas copia del recibido al ayuntamiento, que te dio la administración, y a la sociedad protectora de animales solicitando por escrito que actúen en vista que la administración no ha tomado cartas en el asunto o la vecina no ha mejorado las condiciones de salubridad producidas por su perro.

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