Indemnización por despido al no estar de acuerdo con traslado

Mi empresa me propone traslado forzoso a otra provincia de Andalucía. La causa es que, según ellos, en mi oficina sobra personal de acuerdo a carga de trabajo, dándome un mes de plazo para decidir. Llevo diez años en ella.

Mis preguntas son,¿qué tipo de despido sería si me negase?

¿Cuánto me correspondería de indemnización?

¿Se podría denunciar este tipo de hechos?

2 Respuestas

Respuesta
1

En principio no existe despido como tal por lo que usted cuenta, sino que lo que le proponen es un traslado que ha de realizarse con arreglo a lo dispuesto en el artículo 40 del ET, por tanto tiene 30 días desde que se lo comunican para llevara efecto ese traslado. Es importante que el traslado tenga una causa económica, organizativa, técnica o de producción, sino es así no estaría justificado.

Usted ante esa propuesta de traslado tiene 3 opciones:

1.- Aceptarla, con derecho a una compensación económica por los gastos que le suponga el traslado.

2.- No aceptarla, y recibir a cambio una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, lo cual supondría la extinción de su contrato.

3.- Impugnar la decisión ante los Juzgados de lo Social de la ciudad donde viene prestando servicios.

Me pongo a su disposición si desea demandar a la empresa.

Saludos

Rafael Moncayo Suárez

Abogado del ICAS

Hola de nuevo,

En el supuesto de que decidiese impugnar  para que un juez se pronuncie si es justificado o no.

Si la sentencia lo declarase no justificado, ¿me podría retractar a posteriori y optar por la extinción del contrato e indemnización de 20 días?

Supongo que si es justificado todo seguriría su curso (optar por el traslado o indemnización correspondiente con extinción de contrato)

Gracias por todo.

Si en Sentencia se considera injustificado, no tendría opción de extinguir el contrato por esa causa, ya que no existe causa como tal.

Efectivamente si está justificado tendrá derecho a la indemnización.

Respuesta

Te dejo el link del ministerio de empleo donde lo explican todo.

En resumen: 20 días de indemnización si lo rechazas y sobre lo de denunciarlo puedes intentar impugnarlo antes el Tribunal de lo social en el plazo de 20 días pero mientras tanto deberías cumplir el traslado.

http://www.empleo.gob.es/es/Guia/texto/guia_7/contenidos/guia_7_15_2.htm 

¿Firmaría la carta de despido?

Pondría no conforme.

Gracias.

Efectivamente, si no estás conforme con el despido, lo mejor es que la firmes poniendo al lado NO CONFORME y la fecha de firma. Después acude a un abogado de tu zona o a un sindicato para que te lleven el tema. No obstante, si las causas que alega la empresa para el traslado están bien, no podrás arañar más que los 20 días de indemnización a no ser que incurran en algún error formal.

Hola de nuevo,

En el supuesto de que decidiese impugnar para que un juez se pronuncie si es justificado o no.

Si la sentencia lo declarase no justificado, ¿me podría retractar a posteriori y optar por la extinción del contrato e indemnización de 20 días?

Supongo que si es justificado todo seguriría su curso (optar por el traslado o indemnización correspondiente con extinción de contrato)

Gracias por todo.

Si la sentencia lo declara no justificado, mantienes tu puesto actual de trabajo. No hay indemnización posible.

Efectivamente, si es justificado, puedes optar por no realizar el traslado y que te indemnicen con los 20 días. Es la misma situación que tienes ahora y que te ha explicado la empresa.

Gracias por todo y por la prontitud en respuestas. Voy a impugnar, ya que no lo veo justo.

Un placer ser de ayuda y suerte con la impugnación!

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