¿Quien y cómo se decide que una obra es de urgencia en una finca urbana?
He recibido una carta del administrador y otra del Presidente donde me notifican que debo dejar entrar en mi vivienda, un ático con terraza, para colgar unas bambas y reparar cinco de los siete balcones de la finca. Dicen que es una obra considerada urgente y por eso no hay acta de Junta de vecinos. Acabo de arregla la terraza y no quiero que se dañe con las obras. ¿Qué puedo hacer para que se realice la obra con andamios en vez de bambas? ¿Quién y cómo se decide que una obra es de urgencia en una finca urbana? ¿Es sólo el Presidente y el Administrador quién elige el presupuesto adecuado en caso de considerar que es obra de urgencia?
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Respuesta de PonteVella Administradores