Cuentas a nombre de mis hijas tambien hay que repartir al 50% cuando te divorcias

Tengo dudas sobre lo que le pertenece o no a mi ex a la hora de hacer la liquidacion de bienes:

Tengo un negocio de peluqueria en el cual estoy de alquiler en un local en el que construimos una peluqueria, el contrato de alquiler fue firmado antes del matrimonio. Mi pregunta es si le pertenece algo a la hora de liquidar ( mobiliario, los gastos que se hicieron para hacer la obra...)

¿Y sobre las ganancias que he estado teniendo de la peluqueria le perteneceria algo?

Tengo cuentas separadas q estan a mi nombre, solo yo de titular, esas cuentas se abrieron antes del matrimonio, en esas cuentas es por donde me pasan los gastos de la peluqueria y donde hago movimientos de pagos del negocio. Son dos cuentas donde estan siempre a 0€ pero voy metiendo dinero cuando hace falta para pagos. ¿Me puede reclamar ingresos de la peluqueria desde la fecha del matrimonio aunque este la cuanta a 0€?

Tengo una cuenta con unos ahorros que estan de titulares mis hijas pero yo estoy de representante o autorizada. ¿Le correspondera tambien la mitad aunque el no sea titular ni nada?

¿Es mejor separarse que divorciarse para no tener que repartir los bienes o tambien hay que repartir?

¿Es mejor hacer el divircio antes que la liquidacion de bienes o no tiene nada que ver?

1 respuesta

Respuesta

Respecto a la primera pregunta, no se como tienes las escrituras de la empresa, si son a tu nombre, si está el metido, si es sociedad limitada... Si me clarificas esto, podría opinar al respecto.

Respecto a lo de las cuentas con tus hijas, mientras que estés en gananciales, todo lo que tengas es al 50%, por lo que te puede reclamar el 50% de las cuentas donde el primer titular sea la niña (se supone que la estás tutelando) siempre que la niña sea menor de edad, ya que se supone que no son ingresos propios, si no tutela. OJO, hay un error muy frecuente y es partir las cargas a partir del divorcio al 50%. El reparto debería hacerse proporcionalmente a los ingresos de cada uno, pero si tu firmas el 50% de las cargas, después el juzgado te lo ratifica.

Te aconsejaría hacer primero la separación de bienes y después el divorcio, ya que si no el divorcio te va a costar un pastón, y, cuando estás litigando con todo junto, los plazos del juzgado presionan muchísimo en las negociaciones y mi experiencia es que sale todo al mundo tarifando. De esta manera, te merece la pena perder un mes, si tu pareja lo necesita, en rumiar un conflicto que presentar los problemas a un juez. Te recuerdo que los jueces no son "justos", si no salomónicos con la documentación que les presentan los abogados, y sus "arreglos" casi nunca satisfacen totalmente a nadie.

En cuanto a que si es mejor separación o divorcio, no se de donde escribes, pero en España ya la separación civil no se realiza, por ley se divorcia uno directamente. De todos modos, si hay posibilidad de elegir, te aconsejaría divorciarte y dejar todo cerradito. Mi experiencia es que, con el estrés que produce una separación, tenga la forma jurídica que tenga, después de separarse hay un periodo en el que se rechazan las partes, y si los términos de la separación no están claros, después es más complicado aún hacerlo. ¿Consejo? Quítatelo todo de una vez, hazlo bien a la primera y dedícate a disfrutar después de tu nueva vida sin flecos colgando.

Si ves que puede haber problemas, mira a ver si te interesa mediación. Puede amortiguar el conflicto.

La empresa esta a mi nombre no es sociedad limitada ni consta nada a su nombre, para que me puedas aclarar.

Y con respecto a las cuentas de las niñas, son cuentas en las que ha habido siempre movimientos para pagos etc etc... mi pregunta es, si puedo ir sacando el dinero poco a poco para gastos, compras etc hasta dejarla sin dinero, y cancelo la cuenta antes de hacer el divorcio, me podría reclamar el dinero que había, ¿o si ya no hay nada no me lo puede reclamar?

Gracias

Dos cositas:

- Uno: estoy entendiendo que la empresa es realmente un local regentado por un autónomo. En ese caso, no tendría que ver en ello, en principio, pero yo lo consultaría con más detalles con alguien: un abogado que asesore los trámites u otro tipo de asesor (consulta a emprendedores o a alguna asociación a la que pertenezcas)

- Dos: cuando estando casados abres cuentecitas de ahorro para tus hijos y tiras de ellos para hacer un gasto para la niña (el curso de inglés, los libros...) se entiende que hay conocimiento y mutuo acuerdo, y es dificil que se reclamen esas cantidades.

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