Gracias por su respuesta, solo una cosa más, si decido iniciar un monitorio me piden que aporte cierta documentación que acredite la deuda, en este caso, ¿qué tipos de pruebas puedo mostrar?. No tengo nada que acredite que no me han pagado, solo me mandaron recibos de las mensualidades que pagaron, cuando dejan de pagar no mandan nada. Gracias de antemano, y un saludo.
Debe acreditar la deuda de alguna de las siguientes maneras:
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1. Mediante documentos, cualquiera que sea su forma y clase o el soporte físico en que se encuentren, que aparezcan firmados o con sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica, de la persona deudora.
2. Mediante facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualesquiera otros documentos que, aun unilateralmente creados por la persona acreedora, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre la persona acreedora y deudora.
3. Cuando, junto al documento en que conste la deuda, se aporten documentos comerciales que acrediten una relación anterior duradera.
Tambiéńn pueden reclamarse a travéśs de este procedimiento las deudas contraídas por el propietario/a de un inmueble frente a la comunidad de propietarios por el impago de los gastos comunes y de las cuotas de comunidad. Infórmese en el folleto especiéfico para este tipo de reclamaciones.