Mi padre falleció, no hay testamento, ni división del piso que sigue a su nombre. ¿Que derecho tengo? Pueden entrar mis hermanos

Mi padre falleció hace 5 años no hay testamento, ni división del piso que sigue a su nombre. ¿En qué calidad resido si no hay ni división de la propiedad, ni convenio o contrato alguno?. Yo llevo residiendo en ella desde que nací y ninguno de los hermanos residió nunca con nosotros. Mientras no este la división o reparto del piso. ¿Podría negar la entrada de los otros hermanos hasta que se haga dicha división? Y si es así ¿Ellos pueden decidir si mi pareja e hijo pueden convivir aquí?.

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Usted no puede impedir que sus hermanos entren en el piso basicamente porque el piso no es suyo sino de su padre, por tanto usted y sus hermanos son herederos.

Deberán primero comprobar si su padre hizo testamento y donde para saber si existe un reparto y como esta hecho.

Lo que si es claro es que sus hermanos y usted tienen derecho a ese piso en las mismas condiciones y da igulal que sus hermanos no se hablasen con su padre o no hayan pisado nunca el mismo, simplemente por ser hijos tienen derecho a parte de esa herencia.

En primer lugar muchísimas gracias. En ese caso ¿podrían mi pareja y mi hijo vivir en esta casa conmigo?. añado que también convivo con uno de los hermanos con deficiencia, al cual tanto yo como mi mujer llevamos nueve años cuidando y manteniendo económicamente el cual también acepta que vivamos aquí. Y desde que falleció mi padre no han querido dividir ni aceptar responsabilidades de la vivienda como contribución o arreglos de la vivienda que esta en muy mal estado. de nuevo muchas gracias. 

Mientras que sus hermanos no reclamen la herencia de su padre y dentro de la cual se encuentra la vivienda en la que habita no existe ningún problema para que usted y su familia puedan continuar habitándola.

gracias por todo. podría hacer algo referente a la división ya que yo en el momento del fallecimiento de mi padre. fui el 1º en solicitar a los que acudieron al funeral. que se divida, venda o lo que fuese para no mantener esa situación. ya que algunos ni nos conocemos. o ni nos hablamos.

Para dividir tiene que ser propietario y usted no es propietario, tendria que abrir el testamento y podría dar lugar a problemas con sus hermanos. Lo normal es declarar el impuesto del fallecimiento a los 6 meses pero en su caso cualquier movimiento puede hacer saltar al resto.

Yo lo hubiera hecho en vida de su padre a posteriori pueda dar a situaciones que se nos escapan por imprevisibles.

www.juristasasociados.com 

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Lo siento pero ante la ley ellos tienen los mismos derechos que tú, independientemente de que hayas estado todo el tiempo residiendo allá y tus hermanos no. Lo primero que debes hacer es buscar su testamento. En caso de no haberlo deberás demostrar que te hiciste cargo de él y tu hermano durante los ultimos años así como las mejoras que le has dado a la vivienda para que en el momento del reparto de la herencia te hagan el reconocimiento con parte del bien que habitas.

Gracias por su respuesta.una consulta más, tendría derecho a pedir que me abonen la parte correspondiente a los 5 años que llevo pagando de comunidad ya que dispongo de todos los recibos.

Sí. En caso de llegar a algún acuerdo te lo deben reconocer así como los recibos que tengas de las reparaciones hechas.

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