Subrogados o no, con contrato temporal

Somos trabajadores de una empresa de mantenimiento que opera en el sector público está empresa la componen trabajadores fijos discontinuos y trabajadores de contrato temporal en meses anteriores se nos comunicó no formalmente que la empresa actual cesaba su actividad por fin de cumplimiento de contrato público y que se abría un concurso para dilucidar quien se haría cargo del servicio a partir de ese momento, en fin la empresa cesante llegada la fecha nos comunica que a fecha tal se va a rescindir nuestra relación laboral con la misma y que se haría cargo de nosotros la empresa cesionaria en calidad de trabajadores subrogados en virtud de nuestros derechos laborales, y que percibiríamos en breve los importes devengados de tal hecho, cosa que por cierto ha hecho de manera exquisita, ahora bien cuando vamos a trabajar al día siguiente de cumplido el plazo de la antigua empresa, el encargado nos comunica a varios trabajadores que no podemos trabajar porque no estamos dados de alta, curiosamente si pueden trabajar todos los fijos discontinuos y nosotros trabajadores con contrato temporal no, arguyendo que los papeles están tardando más de lo habitual por motivo de carga de trabajo y mi pregunta es hay que esperar un plazo para que te den de alta en la ss o simple y llanamente nos están tomando el pelo y dando largas con el consiguiente perjuicio que nos acarrearía, entiéndase plazos del ínem etc etc

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Por un lado, si tienen sobrecarga de trabajo, no es ni culpa ni problema vuestro, que amplíen plantilla (a claro, que no tienen tiempo para dar de alta en la Seguridad Social... lo olvidaba!) Que subcontraten, que externalicen, o que adopten las medidas que crean oportunas ... pero no es problema vuestro.

En cuanto a si hay que esperar un plazo, para nada. Tú, en un mismo día puedes causar bajar en una empresa y alta en la otra, incluso puedes estar de alta en varias empresas a la vez (casos de pluriactividad, por ejemplo). La comunicación a la Seguridad Social del alta, baja, variación de datos de los trabajadores, etc, es un trámite que se realiza telemáticamente y no conlleva más que unos minutos realizarlo.

Por otro lado, me surge la duda (malpensada que soy de vez en cuando...) de ¿será cierto que no estáis de alta aún? Me explico, espero que no os hayan dicho que no estáis de alta para que no acudáis a trabajar y poder utilizar este argumento en vuestra contra como causa de despido disciplinario. Ya sé que es pensar mal... pero cosas más raras hemos visto. No estaría demás que pidáis cada uno vuestra vida laboral para comprobar este extremo.

Os aconsejamos poneros en manos de un experto que os ayude con vuestro caso concreto y os ofrezca la mejor defensa de vuestros derechos e intereses.

Si lo deseáis podéis contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077. Prestamos servicio en toda España.

¡Gracias! Te comento que el extremo al que te refieres ya se me ha pasado por la cabeza, pero seria cosa extraña de que me iban a despedir si no me dieron el alta siquiera

Ah vale vale ya entendí muchas gracias

Ok Jose Miguel. Os deseo mucha suerte y que se os solucione todo a la mayor brevedad posible.

¡Gracias! 

Todos subrogados solo problemas burocráticos, por lo visto la sede de la nueva empresa se encuentra en Madrid de hay el retraso 

Me alegro muchísimo Jose Miguel! Enhorabuena!

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