Deducir el IVA en Academia de idiomas?

En una semana vamos a poner una academia de idiomas bajo una Sociedad Limitada. He visto que el art.20.3 de la Ley 37/1992 del IVA señala que las Academias de Idiomas no tienen que aplicar el IVA en sus facturas. Sin embargo si soportan IVA como en el alquiler del local, compra de material, suministros, facturas de los autónomos, etc... ¿Es posible que la Sociedad pueda deducir todo este IVA soportado?

2 respuestas

Respuesta
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Si estáis exentos de IVA en la emisión de facturas no podéis deducir el IVA. En este caso el IVA soportado se contempla como un mayor gasto, se incluye por el total de la factura.

En mi opinión si emites facturas exentas de IVA, el IVA repercutido se contempla como un mayor gasto. Lo que implica que no puedes acceder a devolución de IVA ni anual ni mensual.

Si al darte de alta de actividad en el modelo 036 indicas que no tienes obligación de presentar el modelo 303 no tendrás que presentarlo todos los trimestres ya que al cabo del tiempo parecería que tienes un IVA a tu favor cuando no lo es.

Perdón me refería al IVA soportado.

Respuesta

Si si por supuesto. Cuando hagas tus liquidaciones de IVA trimestral no tendrás IVA repercutido y si soportado por los tanto todas las liquidaciones te saldrán a devolver. Te recomiendo que solicites ingresar en el régimen de devolución de IVA por qué si no no podrás recuperarlo hasta final de año

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