Me pertenece cobrar las vacaciones no disfrutadas, ¿Si me han dado una incapacidad permanenete después de 18 meses de baja?

Empecé a trabajar en una empresa en agosto de 2014, en noviembre de ese mismo año, me dieron la baja medica por una enfermedad común, con la cual me he llevado 18 meses de baja, me acaban de conceder una incapacidad permanente. Mi pregunta es:

¿Si desde agosto a diciembre de 2014, no me cogí vacaciones, desde enero de 2015 hasta diciembre de ese mismo año tampoco, y desde enero de 2016 hasta la fecha de hoy tampoco, me pertenece que la empresa me finiquite estas vacaciones?

Decir que no he podido disfrutarlas, lógicamente por estar de baja laboral.

2 Respuestas

Respuesta
1

Sí, la empresa está obligada a proporcionarle vacaciones o bien a abonárselas por haber estado de baja.

Respuesta
1

Si,

Habría algún modelo de solicitud, ¿para presentaselo por escrito a la empresa?

No hay ningún formulario, te recomiendo que envíes una carta certificada a la empresa comunicando que eres pensionista y que procedan a abonarte la liquidación correspondiente, incluidas las vacaciones de los años anteriores habida cuenta que a causa de la incapacidad temporal no las has podido disfrutar.

En el caso que no acceda a tu petición deberás presentar lo que se llama una papeleta de conciliación en reclamacion de cantidad contra la empresa en los servicios de mediación y conciliación.

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