Local comercial no paga cuota comunidad de propietarios.

Muy agradecido por sus respuestas, formulo la cuestión : En nuestra comunidad de Propietarios el local del entresuelo el cual se accede por la entrada general del edificio e incluso pueden acceder utilizando el ascensor . Pues desde aproximadamente 6 años que fue adquirido, la propiedad no pago ni una sola cuota comunitaria . En las convocatorias de juntas extraordinarias u ordinarias no consta tampoco como moroso, tenemos administrador y se le dijo al presidente en varias ocasiones que el local del entresuelo tiene que pagar su cuota . Y este dice que ya se lo expuso al administrador, pero la cosa sigue igual . Se celebró este mes junta y no consta como moroso ni se expone la liquidación de la deuda . Sin embargo, otros propietarios morosos si constan en la convocatoria y en el acta . Me podrían asesorar sobre el particular . Y este motivo es causa para impugnar la junta ordinaria ...

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Un local en entresuelo que utiliza los espacios comunes para acceder es otra parte más de la comunidad y debería de tener su cuota asignada.

Si el administrador no les hace caso, pues poco puede llamarse administrador. Deben de hacer un cálculo de la deuda acumulada y notificárselo cuanto antes para que sea conocedor de la deuda y si no la paga poder acudir a los tribunales.

Si el administrador pasa de todo, está haciendo administración desleal contra sus intereses y deberían de ponérselo bien claro para que se ponga las pilas.

Hasta hace poco, parecía que los administradores tenían poder sobre todas las cosas, pero ya conozco un par de casos de denuncias a administradores de fincas y me imagino que habrá muchas más.

Muchísimas gracias  y perdonen por el retraso en valoración .

Comunicaré al administrador que de seguir en esa situación , expondré el caso en la próxima junta para que la mayoría decida si es necesario prescindir de sus servicios por dejación de funciones y administración desleal en perjuicio de los demás copropietarios .

Me parece una decisión acertada. Hay que explicar las cosas claras cuando se trata de recibir un correcto servicio de una empresa a la que ustedes pagan, por administrarles su inmueble.

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El local debe pagar su cuota, salvo que estuviera exento, situación que debería constar en los estatutos de la comunidad. Si, como parecería lógico, no está exento y no paga, es moroso y se le puede reclamar la deuda. El presidente No debe admitir que el administrador haga lo que le parezca conveniente, puesto que no es más que un empleado de la comunidad.

En relación a lo que puede hacer usted, si ve que no constan como morosos en las convocatorias, ni se trata el tema en la reunión, es solicitar que se trate expresamente el asunto de este local en la próxima reunión de vecinos. Cualquier propietario puede solicitar que se incluya en el orden del día un asunto de interés para la Comunidad.

Cuando traten el punto, exponga sus argumentos. Solicite que se explique por qué no paga este local y no se considera que tiene deudas.

Si no le dan razones justificadas, exija que se le cobren las cuotas y la deuda acumulada como a cualquier otro propietario.

¡Gracias! Tomo nota de su exposición  y actuaré  en consecuencia . Buena idea pedir al presidente que en la siguiente junta extraordinaria adjunte este tema a tratar .

Reiterando mi agradecimiento ,

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