¿Se puede hacer una donación de una vivienda de protección oficial con hipoteca?

En el año 2011 compramos una vivienda de protección oficial a mi hija. En la escritura está ella como única propietaria y nosotros, los padres, como prestatarios. Quisiéramos que nos hiciese una donación de la vivienda para que nosotros fuésemos los propietarios. ¿Es posible? ¿Qué trámites tendríamos que hacer? ¿Qué gastos podría tener dicho trámite?

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Habría que leer esa escritura ya que es un poco anómalo lo que describe, el comprador no es el prestatario del precio de compra aplazado. ¿En qué concepto se paga ese precio?

Su hija puede donar lo que quiera, siempre que tenga capacidad jurídica y de obrar para ello, es decir que sea mayor de edad en pleno uso de sus facultades y no exista limitación para esa vivienda por tratarse de una VPO.

Los trámites son faciles acudir a un Notario.

Los gastos pueden ser cuantiosos: Notaría, Registro, y sobre todo el Impuesto sobre donaciones y la Plus Valía municipal (IIVTU)

Muchas gracias por su respuesta, se ajusta a lo que pensaba.

Ahora me falta saber si Hacienda también nos cobraría por recibir esa donación, quiero decir por aumentar nuestro patrimonio.

Hacienda no, pero sí la Comunidad Autónoma cobrará el impuesto sobre donaciones, en su momento tendrán que tributar IRPF sobre esa vivienda salvo que sea su vivienda habitual.

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