Que significa.. Alzar el embargo de la cuenta?
Tengo una deuda de 18.000 en el banco bbva ahora la deuda asciende a 24.000, en este momento no estoy trabajando y recibo una renta social de inserción de 820e, este mes me ha llegado un embargo de 490e sin notificación anterior solo me bloquearon la cuenta, hice una comparecencia alegando que tengo 2 hijos a mi cargo sin ayuda paterna, y este ingreso es el unico que tengo el dinero que quedo solo me alcanzo para pagar facturas, debo el alquiler de este mes y no pude hacer gastos alimenticios también alegue que la trabajadora social me dijo que esto era inembargable. Hoy me llego una carta del juzgado diciendo que si es embargable por que es superior a los limites de articulo 607. Mis preguntas son las siguiente os rogaria que me sacaran de esta duda..
En la notificación que me han enviado dice..
No obstante al objeto de evitar el cierre de la cuenta de la sra ... Y provocar un embargo por encima de los limites previstos en el articulo 607 procede a acordar el alzamiento de la cuentas trabadas, sin perjuicio de acordar posteriormente la misma medida..
¿Qué significa lo anterior? No lo entendi!
Luego dice que desestiman la petición de devolución de la cantidad embargada... Entendi que si que me lo embargan y me lo devuelven pero lo siguiente tampoco lo comprendo... Dice..
Igualmente acuerdo alzar el embargo de las cuentas de la sra...
¿Qué significa que alzan el embargo de mi cuenta?
¿Seguiran quitandome esta cantidad mesualmente?