Extinción de contrato por incapacidad permanente absoluta

En Septiembre del 2015 me concedieron una incapacidad permanente absoluta. Estaba fijo en una empresa, y me extinguieron el contrato pero respetando que si tengo mejoría antes de dos años puedo reincorporarme a mi puesto de trabajo en las mismas condiciones. Mi pregunta es ¿perdería mi antiguedad en dicha empresa?

Respuesta
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Entiendo que si lo que en 2015 firmaste fue la extinción de tu contrato sí pierdes la antigüedad, si por el contrario, se te ha dejado el contrato en suspenso, no pierdes la antigüedad.

Para cualquier duda que te pueda surgir, me encuentro a su disposición en el correo [email protected]

Gracias por tu respuesta. No he firmado nada. Me abonaron el finiquito en concepto de vacaciones acumuladas y me dieron de baja en la seguridad social. Pero no recuerdo haber firmado la extinción del contrato.

Tal y como me lo has expuesto, yo entiendo que lo que se ha producido ha sido la suspensión de su contrato de trabajo, pues se da el caso en el que se le declara la incapacidad permanente absoluta y con la previsión de una posible mejoría la empresa decide un margen de 2 años para la reincorporación a su puesto de trabajo, cursando baja en la Seguridad Social a efectos de solicitar el desempleo y computando el tiempo de suspensión como antigüedad en la empresa.

Si mantiene alguna duda, me encuentro a su disposición.

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