Testamento para desheredar a la ex pareja
Mi pareja quiere hacer un testamento para que en caso de fallecimiento no le den la parte que por ley le corresponde a su ex de la cual está divorciada.
Respuesta:
Por Ley, a una persona divorciada, de su excónyuge fallecido, no le corresponde recibir NADA de la herencia, ni siquiera en el caso de que haya hijos comunes.
En el caso de hijos comunes:
- Si los descendientes -y herederos- son menores, aunque NO herede nada, si podría corresponderle la administración de la herencia de los menores, salvo, que en testamento se haya indicado una persona distinta para la administración de esos bienes. Por tanto para evitarlo, conviene que en vida, haga testamento en ese sentido.
- Si los descendientes -y herederos- son mayores de edad, solo tienen que repartirse la herencia, sin que el antiguo excónyuge pueda participar en nada.
El quiere que se me incluya a mí aunque no somos pareja de hecho, y solo convivimos juntos. Quiere incluir a sus hijos y a mí a partes iguales.
Respuesta:
A partes iguales no es posible, dado que a los hijos (como herederos forzosos) quiera o no quiera su padre, les corresponde por ley la legítima, esto es, 2/3 de la herencia de su padre y el tercio restante, si podría heredarlo usted, siempre que se haya hecho testamento ante notario en ese sentido.
El en realidad no tiene ningún bien pero piensa en la pensión de viudez, en el caso, y no lo quiera dios, que le pasara algo, ya que tiene un trabajo de alto riesgo.
Quisiéramos saber si eso es posible, y al poner a partes iguales, ¿se repartiría la pensión y los bienes si los hubiere?
¿Yo tendría derechos si el me incluye en su testamento?
Respuesta:
En cuanto a la herencia ya está contestado anteriormente.
Respecto a la pensión de viudedad, sólo tendría derecho si fuese pareja de hecho inscrita en el registro específico para ello con anterioridad al fallecimiento un mínimo de dos años, además de cumplir otra serie de requisitos, que huelga exponer al no ser pareja de hecho.
Por otro lado si el tiene deudas, en caso de fallecimiento, ¿se puede renunciar? Ya que no quiero tener cargas en caso de que las tuviese en ese momento.
Respuesta:
Caso de que le correspondiese heredar el tercio de la herencia por haberse realizado testamento en ese sentido, si ello llevase consigo deudas (también se heredan) que fueran superiores a lo que heredase, podría ante Notario renunciar a la herencia. Igualmente, en ese caso, y de la misma forma, los hijos también pueden renunciar a la suya.