Trabajo en comercio y quiero saber si mis vacaciones pueden empezar en día festivo

¿Puedo empezar mis vacaciones en día festivo? Este año las disfrutaría del 15 de Agosto al 29 del mismo, pero es que el 15 es festivo nacional, ¿pueden hacer eso? ¿O en realidad mis vacaciones deben empezar el día 16?

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El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores indica que lo referente a las vacaciones dependerá directamente de lo que indique el convenio colectivo de comercio de la provincia a la que pertenecas y no será inferior a 30 DÍAS NATURALES. El tenor literal de este artículo ya nos lo pone en contra, ya que al mencionar los días NATURALES, le da a la empresa la opción de que comiences tus vacaciones un día festivo. No obstante, el mismo artículo indica que esto se regirá por el convenio colectivo, por lo que, si los sindicatos han sido duros negociando, puede que hayan establecido que las vacaciones se cuenten por días hábiles (es dudoso pero posible).

En cualquier caso, lo mejor será que consultes este aspecto en el convenio de tu provincia para salir de dudas. Por otro lado, es posible que en tu contrato también esté mencionado este extremo.

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