Cuando prescriben las deudas de las comunidades de propietarios

¿Llevo pagando comunidad desde hace 4 años y me reclaman deudas anteriores esto no está prescrito?

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Una deuda no prescribe si es reclamada. Las deudas prescriben al alcanzar cierto plazo y si durante ese período, el acreedor no las reclama, ni judicial, ni extrajudicialmente.

Por otra parte, las deudas comunitarias anteriores a octubre de 2015 tienen un plazo de prescripción de 15 años. Las posteriores, de 5 años. En su caso, como son anteriores, se aplica el plazo de 15 años, y si están siendo reclamades, no prescriben.

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