Embargo de los 100€ por maternidad

La tesorería de la seguridad social me ha enviado una carta en la que pone que me embarga la ayuda que me da hacienda por madre trabajadora. Tengo una deuda con la tesorería que no puedo pagar y también se me ha negado cobrar la baja de maternidad. ¿Es legal que me embarguen la ayuda? ¿Puedo hacer algo? La cuenta donde la ingresan ni siquiera esta a mi nombre.

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Ten

El artículo 607 de la Ley de enjuiciamiento civil establece que el salario mínimo o SMI no puede embargarse. En 2014 el Salario Mínimo Interprofesional queda establecido en los 641,40 euros. Esta es la cantidad que cualquier trabajador percibirá independientemente de sus deudas con Hacienda, la Seguridad Social o los bancos, por poner tres de los acreedores más comunes. Una vez se supera el SMI el porcentaje a embargar por Hacienda aumenta conforme lo hacen los ingresos del deudor. La escala a aplicar es la siguiente:

  • SMI (648,60 €) -> Inembargable
  • Entre 1 y 2 veces el SMI (1.297,2 €) -> 30% embargable de las cantidades que superen el SMI
  • Entre 2 y 3 veces el SMI (1.945,8 €) -> 60% embargable
  • Entre 3 y 4 veces el SMI (2.594,4 €) -> 75% embargable
  • Más de 5 veces el SMI (más de 3.243 €) – 90% embargable

Sobre estos porcentajes y cantidades habrá que aplicar una serie de variantes en función de las cargas familiares. En concreto, el porcentaje puede oscilar entre un 10% y un 15% dependiendo de estas circunstancias.

Go entendido que hay ciertas cantidades que son inembargables y son estas:

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