Me puedo desgravar como particular en la renta gastos de abogado y procurador por acuerdo de pago?

Tuve el año pasado un juicio por deshaucio de alquiler (el cual no se celebró porque llegamos a un acuerdo) y actualmente hemos llegado a un acuerdo económico para archivar el caso.

Quería saber si las facturas que he tenido que pagar al procurador y al abogado puedo desgravármelas el año que viene en la renta como particular.

Respuesta
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Tienen la consideración de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo personal, en el IRPF, tal y como se establece en el artículo 19 letra e) de la Ley del IRPF exclusivamente los siguientes:

...

  • Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, límite de 300 euros anuales

Parece que sólo desgrava si derivan de un pleito laboral, un desahucio no entraría en esa consideración por lo que no desgrabariam los gastos de defensa jurídica.

Puedes consultar en Hacienda para más seguridad.

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