No aplican principio "non bis in ídem" para miembro de FCS
Voy a intentar ser breve. Ya he navegado un poco por la red y me sigue sin quedar claro. Mi abogado dice una cosa y por otro lado encuentro otra. Puede un Ayuntamiento resolver un expediente, imponiendo sanción disciplinaria, ¿cuándo el perjudicado todavía no ha pasado por un juzgado penal? Por un lado he encontrado que pueden hacerlo porque son dos bienes jurídicios distintos protegidos y es un régimen especial. Pero por otro lado es doble sanción por un mismo hecho y el Ayunt al informar de un posible delito a la autoridad judicial, tiene que paralizar directamente el expediente y como mucho suspender cautelarmente. En fin.
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Respuesta de Jesus Villalba
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Respuesta de A. Laboral
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