¿Ejecución de embargo vehículos a nombre de dos personas?

He recibido una notificación de embargo de dos vehículos (uno de ellos a nombre de otra persona) por un impago a una clínica por un accidente, a la cual no fui y no recibí ningún tipo de rehabilitación.

El asunto es del año 2002, años posteriores he recibido notificaciones, pero por mi poca experiencia y temprana edad yo no hacía ni caso... Fallo mío porque es una estafa como una casa. Además, aportan una factura falsa que ni si quiera va firmada por mí, ni mi madre, ya que en esa época era menor de edad, ahora tengo 32 años. Mi duda es qué, yo le di a un abogado la ejecución dentro de plazo, pero mi sorpresa es que no ha hecho nada, me comenta que no se puede poner recurso ni alegaciones en esta ejecución. Quisiera saber si eso es así, porque creo que según el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sí había un plazo de 10 días para paralizar la ejecución.

También tengo duda de si puedo hacer algo encontra de la clínica una vez se solucione esto, porque lo único que han aporta es una factura falsa. Sé que quizás por mi ignorancia a las anteriores notificaciones, ellos hayan adquirido ciertos derechos, pero... ¿No se puede hacer nada de nada?

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Si letrado no me empuja...

No, no puede hacer nada. En su momento le solicitarían al pago de una deuda, la cual al no abonarse pasaría a un "proceso monitorio", que viene a ser como un arreglo ante un juez y donde ellos han solicitado el proceso para arreglarse en la forma de pago o negarse a ella exponiendo los motivos. Si no compareció o en el plazo de 10 días no envió alegación alguna respecto a si paga o no y por que... ya la parte contraria y demandante ganó... y piden que se ejecute la sentencia ganadora, bien conminándole el juzgado al pago forzoso o verificando sus bienes y ejecutando un embargo,(en este caso los dos vehículos). Ud posiblemente por la edad y como bien indica no se percataría del riesgo de dejar pasar el tiempo. Esto como es normal al tiempo,(pueden ser 4 ó 5 años) prescribe..., peroooo... para que no prescriba, cada cierto tiempo el demandante recuerda y solicita nuevamente la ejecución y así se pone a contar de cero y nunca prescribe. Finalmente el juzgado habrá optado por embargar esos dos coches.

Por otro lado, si uno de los vehículos no se encuentra a su nombre se estarían equivocando y debiera comunicarlo en el juzgado que ordena el embargo.

Que yo sepa, cualquier paralización de la ejecución solo se podría hacer en la fecha en que se produjo el proceso monitorio. Terminado este... perdió y no puede reclamar nada que en su momento ya pudo exponer y no hizo. Igualmente poniéndose en contacto con el demandante si paga lo adeudado, es el o sus abogados quienes solicitan al juzgado que se levante el embargo.

Por otro lado, no creo que pueda hacer nada contra esa clínica, primero por los años que hace,(2002) y segundo porque esa factura que ud considera falsa... es lo que debió de exponer en el proceso monitorio al que no se presentó ni objetó nada en su momento.

Tenga en cuenta también que por el hecho de que le embarguen ahora mismo, no quiere decir que esta ejecución sea reciente..., puede haber pasado años y producirse ahora.

Un cordial saludo y suerte.

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