Financiacion de la instalación ascensor en comunidad propietarios
Mi pregunta es si la Junta de Propietarios puede aprobar el gasto de la instalación de un ascensor en la finca, vía derrama extraordinaria, FINANCIANDO EL IMPORTE, QUE RONDA LOS TREINTA MIL EUROS, CON O SIN INTERESES, que ofrece la empresa instaladora.
Entiendo que los vecinos que tenemos ya dispuesto nuestro efectivo para pagar la parte que nos corresponda por la derrama, no podemos ni debemos asumir por imposición esa deuda que, si por cualquier circunstancia fuera incumplida, repercutiría a todos los propietarios subsidiaramente, sin distinción entre los previsores que ya tienen su dinero dispuesto para aportarlo y los que escogen derivar el riesgo y el compromiso de pago a la comunidad vecinal.
Mi postura es que este hecho crearía INDEFENSIÓN para muchos vecinos que entiendan el no poder ser obligados a "embarcarse en la aventura", cuando ellos no la han solicitado, valorando el riesgo que entrañaría el impago de las cuotas de amortización del crédito recibido.
Muchas gracias y espero la respuesta de un experto en esta materia.