Me han hecho un despido improcedente, cuales son mis derechos?

Tenía un contrato "eventual por circunstancias de la producción " y que me finalizaba en febrero cumpliendo los 6 meses, hace unos días el jefe me comunica por teléfono que es mi ultimo día, le pregunto el motivo pero me dice que ninguno, quieren reestructurar la empresa, a los dos días ya tiene una empleada nueva la cual había estado formando en otra tienda hacia unos días.

A los tres dias me avisa de que ya tiene mi finiquito, voy para firmar y me pone los papeles encima de la barra del bar de al lado de la tienda, lo explica rápidamente que ni me entero y le pregunto:

- ¿Y mis 15 días? No estoy obligado

Pero tengo derecho a pedírtelos también. Me dejas llevarme el contrato para hecharle una ojeada y te lo traigo firmado al día siguiente si estoy de acuerdo y me dijo que no, así que me fui sin firmar.

Este mes no he cobrado de el mes de noviembre que trabaje y el tampoco me ha dicho nada, ahora he pedido un abogado de oficio.

¿Sabes si tengo derecho a reclamarle estos 15 días? ¿Me puede readmitir en el empleo?

1 respuesta

Respuesta

Por norma general, si tu contrato tiene una duración inferior al año la empresa no tiene obligación de preavisarte con 15 días de antelación. Por tanto lo puede hacer en cualquier momento si tu convenio colectivo no dice lo contrario.

Tiene sentido que reclames el despido:

Si puedes demostrar que te han despedido de manera injustificada, puesto que no han cumplido con la fecha de finalización del contrato y te han sustituido por otra que hace tus mismas funciones.

Si puedes demostrar que la causa por la que contrataron no es cierta. Es decir, que supuestamente te contrataran para cubrir una acumulación de tareas, cuando realmente estás desempañando un puesto de trabajo que podría ser “fijo”. En ese caso te habrían hecho un contrato en fraude de ley, que son bastante habituales.

En ambos casos, el despido podría ser considerado improcedente.

Tanto en la papeleta de conciliación, como en la demanda por despido y cantidad, podrás reclamar las cantidades adeudas (en tu caso lo que te deban de noviembre).

En el supuesto de que te reconocieran la improcedencia del despido, la empresa tendrá la opción de readmitirte pagándote los salarios de tramitación, o no readmitirte y pagarte la indemnización por despido improcedente.

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