¿Las cantidades de la indemnización por seguro de convenio se incrementan en función de las subidas salariales del año?
El artículo 23 del Convenio del Comercio de Asturias, concluye que las cantidades por el riesgo asegurado ( y cito textualmente), " serán incrementadas anualmente en función de las subidas salariales pactadas en el presente convenio, es decir, el 1.15% para el 2016 y el 1.25% el 2017". Mi pregunta es la siguiente:
Para este año 2017, ¿habría qué incrementar un 1.25% la cantidad ya incrementada con un 1.15% el año pasado ( aprox. Un 2,40%), o simplemente tendríamos que aplicarle solo un 1.25% al capital que te conceden por el seguro de convenio? Todo ello me refiero tras una incapacidad permanente total por accidente laboral
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Respuesta de A. Laboral